Artículo 574. Sanción accesoria de cierre del establecimiento de comercio.
Artículo 574. Sanción accesoria de cierre del establecimiento de comercio. Conforme al artículo 657 del Estatuto Tributario, cuando dentro de un establecimiento de comercio se encuentren mercancías cuyo avalúo supere las quinientas Unidades de Valor Tributario (500 UVT), no presentadas o no declaradas, se impondrá dentro del mismo acto administrativo de decomiso la sanción de …
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