Artículo 150. Arancel Integrado Andino (ARIAN).
Conforme a la Decisión Andina 657, el Arancel Integrado Andino es un compendio de normas y disposiciones arancelarias y de política comercial de aplicación comunitaria y nacional.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales es la entidad encargada de dar el alcance, fijar los lineamientos y establecer los procedimientos y requisitos para la implementación del Arancel Integrado Andino (ARIAN), en lo que corresponda con la legislación nacional, de conformidad con lo establecido por la Decisión 657 de la Comunidad Andina o la que la modifique o sustituya.