Artículo 1.3.1.3.4. Remuneración de los servicios prestados por los corresponsales no bancarios.
La remuneración de los servicios prestados por los corresponsales no bancarios se encuentra sujeta al impuesto sobre las ventas, atendiendo la calidad del responsable que presta los servicios, ya sea del régimen común o del simplificado.
(Artículo 2°, Decreto 086 de 2008)