$ 0 0

Carrito

No hay productos en el carrito.

Artículo 6. Sistema de identificación electrónico.

Encontrarás en este artículo

Artículo 6. Sistema de identificación electrónico.

Toda declaración aduanera que se presente a través de los servicios informáticos electrónicos, requiere de la utilización del mecanismo de firma electrónica conforme lo disponga la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En ningún caso la firma podrá ser delegada a un tercero.

Así mismo, requerirán firma electrónica, aquellos documentos que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con las exigencias y particularidades que establezca la misma Entidad.

Para la utilización de los servicios informáticos electrónicos los usuarios utilizarán el sistema de identificación que determine la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante el uso de una clave electrónica confidencial.

Esta clave es de uso personal e intransferible y del uso inadecuado que se le dé a la misma responderá directamente su titular.

ICICAT es plataforma dedicada a proporcionar información actualizada y formación en materia tributaria y financiera.
Horarios
Lunes - Viernes: 8:00am - 5:00pm
Sábados: 9:00am - 2:00pm
© 2025 ICICAT. diseñado por Sistemas Olympia
//
Me encuentro en línea y dispuesto a yudarte. Cuéntame tu inquietud
👋 Hola, ¿en qué puedo ayudarte?