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Cambios Propuestos en Renta de Personas Naturales

Encontrarás en este artículo

1. Aumento de la Carga Tributaria (Tarifas y Ganancias Ocasionales)

Esta categoría incluye ajustes a las tarifas que impactan directamente el impuesto final a pagar por los contribuyentes con mayores ingresos, y el tratamiento de rentas extraordinarias.

Cambio Propuesto Sustento (Exposición de Motivos)
Aumento de la Tarifa Máxima del Impuesto de Renta Se propone elevar la tarifa marginal para rentas líquidas superiores a 1.700 UVT. La tarifa máxima alcanzaría el 41% para contribuyentes con ingresos superiores a 31.000 UVT, subiendo 2 puntos porcentuales en el rango más alto (pasando del 39% al 41%).
Incremento de la Tarifa de Ganancias Ocasionales (Rifas, Apuestas y Similares) Se propone incrementar la tarifa aplicable a las ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares del 20% al 30%. La propuesta de Ley de Financiamiento establece la tarifa en un treinta por ciento (30%) para loterías, rifas, apuestas y similares.

 

2. Racionalización de Beneficios Fiscales

Los siguientes cambios eliminan o restringen deducciones y tratamientos preferenciales, buscando reforzar la base gravable y eliminar duplicidades.

Cambio Propuesto Sustento (Exposición de Motivos)
Eliminación de la Deducción Adicional por Dependientes Se propone eliminar el beneficio de 72 UVT por dependiente (creado en la Ley 2277 de 2022), manteniendo solo la renta exenta del 10% de los ingresos brutos (con el límite de 384 UVT anuales).
Eliminación del Componente Inflacionario de Rendimientos Financieros Se propone la derogación de los artículos 38 al 41 y 118-1 del ET, eliminando el componente inflacionario, que es la parte de los rendimientos financieros que no se considera ingreso gravable para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Eliminación del Descuento Tributario por Dividendos (Art. 254-1) Se propone la derogación del artículo 254-1 del ET. Este artículo permitía a las personas naturales residentes descontar el 19% del impuesto determinado a partir de la renta líquida cedular de dividendos, mitigando el impacto de sumar los dividendos a la cédula general.
Reducción de Ganancias Ocasionales Exentas por Sucesiones Se modifican los numerales 1, 2 y 3 del artículo 307 del ET, reduciendo significativamente la exención de ganancia ocasional por herencias. El valor exento para la vivienda de habitación del causante (numeral 1) y para otros bienes inmuebles (numeral 2) ya no se toparía en 13.000 UVT y 6.500 UVT, respectivamente, sino que se limitaría al valor máximo fijado para Vivienda de Interés Social (VIS) calculado en UVT.
Incremento del Plazo de Posesión para Ganancia Ocasional Se propone modificar el artículo 300 del ET, aumentando de 2 a 4 años o más el término de posesión de activos fijos para que su utilidad en la enajenación se considere ganancia ocasional (tributando al 15% actualmente).

 

3. Ajustes de Control y Procedimiento en Renta y Retención en la Fuente

Estos cambios buscan mejorar la eficiencia del recaudo anticipado y la administración del impuesto de renta.

Cambio Propuesto Sustento (Exposición de Motivos)
Devolución Automática de Saldo a Favor Se adiciona un parágrafo al artículo 383 del ET para establecer la devolución automática y de oficio del saldo a favor si más del 80% de los ingresos del trabajador provienen de rentas de trabajo y el saldo se genera por retenciones practicadas. La devolución se haría dentro de los 90 días siguientes al vencimiento para declarar.
Eliminación del Procedimiento 2 de Retención en la Fuente La propuesta incluye la derogación del inciso segundo del numeral tercero del artículo 336 y la modificación del artículo 383 para centrarse únicamente en el Procedimiento 1.
Mayor Rigor en Bancarización (Pagos en Efectivo) Se propone que los pagos individuales realizados por personas naturales con rentas no laborales o de capital (y por personas jurídicas) que superen 50 UVT a un mismo beneficiario en el año gravable deberán canalizarse a través de medios financieros, reduciendo el límite actual de 100 UVT por evento.

 

Impacto Fiscal Estimado

Las medidas relacionadas con el IRPN de Personas Naturales, junto con el Impuesto al Patrimonio (el cual se ajusta para contribuir a la progresividad), se agrupan en el Título I para el cálculo del recaudo.

Se estima que la reducción del gasto tributario en Impuesto a la Renta de Personas Naturales logrará un recaudo adicional de:

  • $2.235 miles de millones (mm) en 2027.
  • Casi $940 mm de pesos solo por el aumento de tarifas para el año 2027.
  • $1.085 mm de pesos por la eliminación del beneficio de dependientes para el año 2027.

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El enfoque general del proyecto, al concentrar las medidas en los segmentos de mayores ingresos (IRPN y Patrimonio), busca mitigar la desigualdad de ingresos y aumentar la equidad vertical del sistema, manteniendo el financiamiento de programas sociales y la inversión pública.

 

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