Artículo 649. Reglamentado por la resolución 42 de 2016. Asignación.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá excepcionalmente, mediante resolución motivada, asignar para su servicio las mercancías decomisadas o abandonadas a favor de la Nación, que se requieran para el cumplimiento de sus funciones.

El tratamiento tributario en materia de IVA sobre estas asignaciones será el establecido por el Estatuto Tributario.

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