Artículo 552. Ámbito de aplicación.

Artículo 552. Ámbito de aplicación.

Las investigaciones administrativas que se adelanten para el decomiso de las mercancías, la imposición de sanciones, la formulación de liquidaciones oficiales de revisión y de corrección, la declaratoria de incumplimiento y la efectividad de garantías y la verificación de origen de mercancías, se surtirán de conformidad con las siguientes disposiciones.

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