Artículo 492. Riesgo.
El riesgo es la probabilidad de que no se cumpla con la normativa aduanera vigente y, en general, con las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
El riesgo es la probabilidad de que no se cumpla con la normativa aduanera vigente y, en general, con las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.