Artículo 16. Notificación. Las resoluciones anticipadas deberán notificarse conforme al procedimiento establecido en este decreto. Etiquetas# Título I Disposiciones generales Comparte tu aprecio Entrada anterior Artículo 15. Vigencia. Entradas relacionadas Artículo 15. Vigencia. 19 de septiembre de 2017 Artículo 14. Términos. 19 de septiembre de 2017 Artículo 13. Reglamento por la resolución 41 de 2016, artículo 11. Obligatoriedad. 19 de septiembre de 2017 Artículo 12. Reglamentado por la resolución 41 de 2016, artículo 6 y 7. Resolución anticipada. 19 de septiembre de 2017
Artículo 13. Reglamento por la resolución 41 de 2016, artículo 11. Obligatoriedad. 19 de septiembre de 2017
Artículo 12. Reglamentado por la resolución 41 de 2016, artículo 6 y 7. Resolución anticipada. 19 de septiembre de 2017