La obligación tributaria sustancial se origina al realizarse el presupuesto o los presupuestos previstos en la ley como generadores del impuesto y ella tiene por objeto el pago del tributo1.
Artículo 1, Decreto 825 de 1978, recopilado Artículo 1.1.1 DUT
Artículo 2, Decreto 825 de 1978, recopilado Artículo 1.1.2 DUT