Modificado decreto 2264 diciembre 2019

Artículo 1.2.1.22.43. Aportes a las cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC).

 Artículo 1.2.1.22.43. Aportes a las cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC). Adicionado. Decreto 2250/2017, Art. 8. El monto de las sumas que los contribuyentes personas naturales depositen en las cuentas de ahorro denominadas Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC) y a las Cuentas de Ahorro Voluntario Contractual (AVC) de […]

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Artículo 1.2.1.22.41. Aportes voluntarios del trabajador, el empleador del partícipe independiente a los seguros privados de pensiones y a los fondos de pensiones voluntarias.

Artículo 1.2.1.22.41. Aportes voluntarios del trabajador, el empleador del partícipe independiente a los seguros privados de pensiones y a los fondos de pensiones voluntarias. Adicionado. Decreto 2250/2017, Art. 8. El monto de los aportes voluntarios del empleador, trabajador o del partícipe independiente que se realicen a los seguros privados de pensiones y a los fondos

Artículo 1.2.1.22.41. Aportes voluntarios del trabajador, el empleador del partícipe independiente a los seguros privados de pensiones y a los fondos de pensiones voluntarias. Leer más »

Artículo 1.2.1.12.8. Apoyos económicos.

 Artículo 1.2.1.12.8. Apoyos económicos. Adicionado. Decreto 2250/2017, Art. 3. No constituyen renta ni ganancia ocasional, los apoyos económicos no reembolsables o condonados, entregados por el Estado o financiados con recursos públicos, para financiar programas educativos entregados a la persona natural. Inciso 2. Modificado. Decreto 2264/2019, Art. 3. La persona natural deberá declarar las sumas de

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Artículo 1.2.1.20.7. Realización de las cesantías.

Artículo 1.2.1.20.7. Realización de las cesantías. Sustituido. Decreto 2250/2017, Art. 6. A partir del año gravable 2017 el auxilio de cesantías y los intereses sobre cesantías se entenderán realizados en el momento del pago del empleador directo al trabajador o en el momento de consignación al fondo de cesantías. Parágrafo 1. En el caso del

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Artículo 1.2.1.20.1. Reglas para la determinación del impuesto sobre la renta y complementario de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes y no residentes.

CAPÍTULO 20. Determinación del impuesto sobre la renta y complementario de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes y no residentes. Artículo 1.2.1.20.1. Reglas para la determinación del impuesto sobre la renta y complementario de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes y no residentes. Sustituido. Decreto 2250/2017, Art. 6. Para efectos del impuesto sobre

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Artículo 1.2.1.19.2. Renta por comparación patrimonial.

 Artículo 1.2.1.19.2. Renta por comparación patrimonial. Para efectos de la determinación de la renta por comparación de patrimonios, a la renta gravable se adicionará el valor de la ganancia ocasional neta y las rentas exentas. De esta suma se sustrae el valor de los impuestos de renta y complementario, pagados durante el año gravable incluyendo

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