Artículo 1.2.4.38. Procedimiento para el reintegro de retenciones en la fuente practicadas no trasladables al beneficiario final de que trata el artículo 242-1 del Estatuto Tributario.
Artículo 1.2.4.38. Procedimiento para el reintegro de retenciones en la fuente practicadas no trasladables al beneficiario final de que trata el artículo 242-1 del Estatuto Tributario. Adicionado. Decreto 2371/2019, Art. 7. Las entidades que tengan la calidad de no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios o que pertenezcan al Régimen Tributario Especial del …