Adicionado decreto 1157 de agosto 2020

Artículo 1.2.1.28.1.32. Conservación de los documentos y pruebas que acrediten el cumplimiento de los requisitos del régimen tributario de las megainversiones.

Artículo 1.2.1.28.1.32. Conservación de los documentos y pruebas que acrediten el cumplimiento de los requisitos del régimen tributario de las megainversiones. Adicionado. Decreto 1157/2020, Art. 2. Los contribuyentes megainversionistas deberán conservar y mantener a disposición de la administración tributaria, todos los documentos y pruebas que acreditan el cumplimiento de los requisitos del régimen tributario para …

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Artículo 1.2.1.28.1.31. Aplicación del régimen tributario de megainversiones establecido en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario.

Artículo 1.2.1.28.1.31. Aplicación del régimen tributario de megainversiones establecido en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario. Adicionado. Decreto 1157/2020, Art. 2. Los contribuyentes megainversionistas que no suscriban el contrato de estabilidad tributaria y apliquen el régimen tributario de megainversiones que establece el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y esta Sección, deberán cumplir con todos los …

Artículo 1.2.1.28.1.31. Aplicación del régimen tributario de megainversiones establecido en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario. Leer más »

Artículo 1.2.1.28.1.30. Inaplicación del régimen tributario de megainversiones.

Artículo 1.2.1.28.1.30. Inaplicación del régimen tributario de megainversiones. Adicionado. Decreto 1157/2020, Art. 2. Los contribuyentes megainversionistas inaplicarán el régimen tributario de megainversiones, previsto en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario, en los siguientes casos: Cuando se incumplan las previsiones del artículo 235-3 del Estatuto Tributario, el artículo 11 del Decreto Legislativo 535 de 2020 y …

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Artículo 1.2.1.28.1.29. No realización oportuna y renuncia al régimen de megainversión.

Artículo 1.2.1.28.1.29. No realización oportuna y renuncia al régimen de megainversión. Adicionado. Decreto 1157/2020, Art. 2. Se entenderá que el contribuyente megainversionista no realiza de manera oportuna la inversión, o renuncia al régimen de megainversión, cuando se presente alguno de los siguientes hechos: Cuando la inversión se efectúa por fuera del término establecido en el …

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Artículo 1.2.1.28.1.28. Facultades de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

Artículo 1.2.1.28.1.28. Facultades de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Adicionado. Decreto 1157/2020, Art. 2. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN tendrá facultades de fiscalización e investigación sobre el cumplimiento del proyecto de megainversión, de conformidad con lo establecido en el artículo 684 del Estatuto …

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Artículo 1.2.1.28.1.27. Terminación anticipada del contrato.

Artículo 1.2.1.28.1.27. Terminación anticipada del contrato. Adicionado. Decreto 1157/2020, Art. 2. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podrá terminar anticipadamente el contrato de estabilidad tributaria de conformidad con lo establecido en el parágrafo 5 del artículo 235-4 del Estatuto Tributario, así: Cuando se incumplan los presupuestos de inversión, plazos y …

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Artículo 1.2.1.28.1.26. Forma de pago de la prima de los contratos de estabilidad tributaria.

Artículo 1.2.1.28.1.26. Forma de pago de la prima de los contratos de estabilidad tributaria. Adicionado. Decreto 1157/2020, Art. 2. La prima de los contratos de estabilidad tributaria se pagará e informará así: Entidad Financiera: Banco de la República identificado con NIT 860005216-7 Número y tipo de cuenta: No. 61011110 Tipo Depósito. Denominación: DTN otras tasas, …

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Artículo 1.2.1.28.1.25. Prima de los contratos de estabilidad tributaria.

Artículo 1.2.1.28.1.25. Prima de los contratos de estabilidad tributaria. Adicionado. Decreto 1157/2020, Art. 2. Los contribuyentes megainversionistas que suscriban los contratos de estabilidad tributaria de que trata el parágrafo 3 del artículo 235-4 del Estatuto Tributario, deberán pagar una prima a favor de la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en el cronograma …

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Artículo 1.2.1.28.1.24. Duración de los contratos de estabilidad tributaria.

Artículo 1.2.1.28.1.24. Duración de los contratos de estabilidad tributaria. Adicionado. Decreto 1157/2020, Art. 2. Los contratos de estabilidad tributaria empezarán a regir desde su suscripción y tendrán vigencia por el término establecido en el contrato, el cual no podrá ser superior a veinte (20) años, contados a partir de la notificación del concepto técnico que …

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