Artículo 1.8.2.2.9. Información sobre programas, proyectos e inversiones en ciencia y tecnología autorizadas.
Artículo 1.8.2.2.9. Información sobre programas, proyectos e inversiones en ciencia y tecnología autorizadas. Anualmente, el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, deberá informar a la Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), antes del primero (1°) de marzo, los programas, proyectos e inversiones para […]