CAPÍTULO 22. Rentas Exentas

Artículo 1.2.1.22.7. Renta exenta en la venta de energía eléctrica generada con base en los recursos eólicos, biomasa o residuos agrícolas.

Artículo 1.2.1.22.7. Renta exenta en la venta de energía eléctrica generada con base en los recursos eólicos, biomasa o residuos agrícolas. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 207-2 del Estatuto Tributario, las rentas provenientes de la venta de energía eléctrica obtenida exclusivamente con base en recursos eólicos, biomasa o residuos agrícolas por parte de […]

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Artículo 1.2.1.22.6. Gastos de representación exentos.

Artículo 1.2.1.22.6. Gastos de representación exentos. En los términos previstos en el inciso 3° del numeral 7 del artículo 206 del Estatuto Tributario, se encuentran exentos de gastos de representación un porcentaje equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su salario que perciban en razón de sus funciones los Magistrados titulares de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de

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Artículo 1.2.1.22.5. Valores absolutos reexpresado en UVT para rentas exentas por auxilio de cesantía e intereses sobre cesantías.

Artículo 1.2.1.22.5. Valores absolutos reexpresado en UVT para rentas exentas por auxilio de cesantía e intereses sobre cesantías. Para efectos de la reexpresión en Unidades de Valor Tributario, UVT, de los valores a que se refiere el artículo 51 de la Ley 1111 de 2006, respecto de la exención del impuesto sobre la renta del auxilio de

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Artículo 1.2.1.22.4. Rentas exentas provenientes de contratos de leasing habitacional.

Artículo 1.2.1.22.4. Rentas exentas provenientes de contratos de leasing habitacional. Constituyen rentas exentas para las entidades autorizadas por la Ley para suscribir contratos de arrendamiento financiero (leasing) de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 207-2 del Estatuto Tributario, los ingresos provenientes de contratos de leasing sobre bienes inmuebles construidos para vivienda, que se suscriban dentro

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Artículo 1.2.1.22.2. Exención de impuestos.

Artículo 1.2.1.22.2. Exención de impuestos. De conformidad con el artículo 135 de la Ley 100 de 1993, gozarán de exención de impuestos, tasas y contribuciones del orden nacional, los recursos de los Fondos de Pensiones del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, de los fondos de reparto del régimen de prima media con prestación definida, de los fondos para

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Artículo 1.2.1.22.1. Exención por gastos de representación para fiscales.

CAPÍTULO 22. Rentas exentas Artículo 1.2.1.22.1. Exención por gastos de representación para fiscales. Conforme a lo previsto en el artículo 142 de la Constitución Política, los fiscales o quienes hagan sus veces ante los Despachos Judiciales, tendrán derecho a la exención por gastos de representación de que trata el numeral 7 del artículo 35 de la Ley

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