Artículo 874. Base gravable del GMF.

Última vez modificado: 25 de abril de 2016

Comparte este artículo

TABLA DE CONTENIDOS

Artículo 874. Base gravable del GMF.

(Creado por el Art. 1 de la L. 633 de 2000) La base gravable del Gravamen a los Movimientos Financieros estará integrada por el valor total de la transacción financiera mediante la cual se dispone de los recursos.

Vigencias Anteriores

Si el artículo contiene vigencias, éstas parecerán en este espacio.

Carrito de compra
Scroll al inicio
Ir al contenido