Artículo 746. Presunción de veracidad.
(Creado por el Art. 33 de la L. 52 de 1977) Se consideran ciertos los hechos consignados en las declaraciones tributarias, en las correcciones a las mismas o en las respuestas a requerimientos administrativos, siempre y cuando que sobre tales hechos, no se haya solicitado una comprobación especial, ni la ley la exija.
Correlaciones
Artículo 22, Decreto 825 de 1978, recopilado Artículo 1.6.1.17.1 DUT