Artículo 693. Reserva de los expedientes.
(Creado por el Art. 135 del D.E. 2503 de 1987) Las informaciones tributarias respecto de la determinación oficial del impuesto tendrán el carácter de reservadas en los términos señalados en el artículo 583.
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(Creado por el Art. 135 del D.E. 2503 de 1987) Las informaciones tributarias respecto de la determinación oficial del impuesto tendrán el carácter de reservadas en los términos señalados en el artículo 583.
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