Artículo 684-1. Otras normas de procedimiento aplicables en las investigaciones tributarias.

Última vez modificado: 19 de abril de 2016

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Artículo 684-1. Otras normas de procedimiento aplicables en las investigaciones tributarias.

(Creado por el Art. 49 de la L. 6 de 1992) En las investigaciones y prácticas de pruebas dentro de los procesos de determinación, aplicación de sanciones, discusión, cobro, devoluciones y compensaciones, se podrán utilizar los instrumentos consagrados por las normas del Código de Procedimiento Penal y del Código Nacional de Policía, en lo que no sean contrarias a las disposiciones de este Estatuto.

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