Artículo 594. El certificado de ingresos y retenciones reemplaza la declaración para los asalariados no declarantes.
(Creado por el Inc. 2 del Art. 28 del D.E. 2503 de 1987) Para los asalariados no declarantes, el certificado de ingresos y retenciones, con el cumplimiento de los requisitos señalados en las normas legales, reemplaza para todos los efectos, la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
Correlaciones
Artículo 15, Decreto 0380 de 1996, recopilado Artículo 1.3.1.15.2 DUT
Artículo 16, Decreto 0380 de 1996, recopilado Artículo 1.3.1.15.3 DUT
Artículo 29, Decreto 0836 de 1991, recopilado Artículo 1.6.1.12.2 DUT