Artículo 575. Las declaraciones deben coincidir con el período fiscal.

Última vez modificado: 14 de abril de 2016

Comparte este artículo

TABLA DE CONTENIDOS

Artículo 575. Las declaraciones deben coincidir con el período fiscal.

(Creado por el Inc. 1 del Art. 21 de la L. 52 de 1977) Las declaraciones corresponderán al período o ejercicio gravable.

Vigencias Anteriores

Si el artículo contiene vigencias, éstas parecerán en este espacio.

Carrito de compra
Scroll al inicio
Ir al contenido