Artículo 553. Los convenios entre particulares sobre impuestos no son oponibles al fisco.
(Creado por el Art. 71 de la L. 2 de 1976) Los convenios entre particulares sobre impuestos no son oponibles al fisco.
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(Creado por el Art. 71 de la L. 2 de 1976) Los convenios entre particulares sobre impuestos no son oponibles al fisco.
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