TITULO IV
No causan impuesto de timbre
Artículo 529. Las obligaciones relacionadas con el crédito externo.
(Creado por el Par. 2 del Art. 66 de la L. 75 de 1986) No están sometidos al impuesto de timbre los instrumentos en que se haga constar la constitución, existencia, modificación o extinción de obligaciones relacionadas con crédito externo.