Artículo 449-1. Financiación que no forma parte de la base gravable.
(Creado por el Art. 34 de la L. 49 de 1990) La financiación otorgada por una sociedad económicamente vinculada al responsable que efectúe la operación gravada, no forma parte de la base gravable, cuando dicha sociedad financiera sea vigilada por la Superintendencia Bancaria.