Artículo 445. Responsables en la venta de cervezas de producción nacional.

Última vez modificado: 8 de abril de 2016

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Artículo 445. Responsables en la venta de cervezas de producción nacional.

(Creado por el Art. 3 del D. 190 de 1969) (Derogado Ley 223/95, art. 285)

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