CAPÍTULO II (SIC)
Fusiones y Escisiones
Artículo 319-3. Fusiones y escisiones adquisitivas.
(Creado por el Art. 98 de la L. 1607 de 2012) Se entiende por tales, aquellas fusiones en las cuales las entidades participantes en la fusión no son vinculadas entre sí, y aquellas escisiones en las cuales la entidad escindente y las entidades beneficiarias, si existieren al momento de la escisión, no son vinculadas entre sí. Para efectos de la determinación de la existencia o no de vinculación, se acudirá a los criterios establecidos en el artículo 260-1 de este Estatuto.