Artículo 3.2.12. Pago del impuesto sobre la renta y complementario con Bonos Agrarios.

Última vez modificado: 18 de enero de 2021

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Artículo 3.2.12. Pago del impuesto sobre la renta y complementario con Bonos Agrarios.

Los títulos de deuda denominados Bonos agrarios – Ley 160 de 1994, podrán ser utilizados por su legítimo tenedor para el pago del impuesto sobre la renta y complementario, en los términos establecidos en el presente decreto.

(Artículo 1°, Decreto 1827 de 1995)

Correlaciones

Artículo 805 – Estatuto Tributario

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