Artículo 293-1 Hecho generador del impuesto al patrimonio del año 2011.

Última vez modificado: 29 de marzo de 2016

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Artículo 293-1 Hecho generador del impuesto al patrimonio del año 2011.

(Creado por el Art. 2 de la L. 1370 de 2009). Se ratifica su derogación con el art. 160 de la Ley 2010 de diciembre 27 de 2019

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(Creado por el Art. 2 de la L. 1370 de 2009) Derogado con el art. 122 de la Ley 1943 de diciembre 28 de 2018.

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Artículo 293-1 Hecho generador del impuesto al patrimonio del año 2011.

(Artículo adicionado por el artículo 2 de la Ley 1370 de 2009) Por el año 2011, el impuesto al patrimonio, al que se refiere el artículo 292-1, se genera por la posesión de riqueza a 1 de enero del año 2011, cuyo valor sea igual o superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000).

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