Artículo 281. Efectos del reajuste fiscal.
(Creado por el Art. 53 del D.L. 2247 de 1974 y por los Art. 4 y 15 del D.L. 2687 de 1988) (Artículo modificado por el artículo 22 de la Ley 1111 de 2006) El reajuste fiscal sobre los activos patrimoniales produce efecto para la determinación de:
- La renta en la enajenación de activos fijos.
- La ganancia ocasional obtenida en la enajenación de activos que hubieren hecho parte del activo fijo del contribuyente por un término de dos (2) años o más.
- La renta presuntiva.
- El patrimonio líquido.