Artículo 239. No habrá lugar a la comparación patrimonial.
(Creado por el Art. 30 de la L. 55 de 1985) Derogado. Ley 223/1995, Art. 285.
Comparte este artículo
(Creado por el Art. 30 de la L. 55 de 1985) Derogado. Ley 223/1995, Art. 285.
Si el artículo contiene vigencias, éstas parecerán en este espacio.