Artículo 1.6.2.6.3. Garantías.
En todo caso, las garantías que se otorguen en favor de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), deben respaldar la totalidad de la deuda a cargo del contribuyente.
(Artículo 3°, Decreto 1444 de 2001)