Artículo 1.2.4.2.3. Base de retención.
Para quienes resultaren favorecidos en un sorteo de títulos de capitalización, la base de la retención será la diferencia entre el premio recibido y lo pagado por cuotas correspondientes al título favorecido.
Dentro de la base de retención se incluirá el valor de rescate cuando las condiciones del título estipulen que el suscriptor tiene derecho a recibir dicho valor o a continuar con el plan original.
(Artículo 6°, Decreto 1240 de 1979)
Correlaciones
Artículo 306 – Estatuto Tributario
Artículo 402 – Estatuto Tributario