Artículo 1.2.2.2.3.7. Sanciones.
Adicionado. Decreto 2120/2017, Art. 2. El incumplimiento de lo previsto en el numeral 2 del artículo 260-5 y lo establecido en la Sección 3 del presente Capítulo, será sancionable de conformidad con lo previsto en el artículo 651 del Estatuto Tributario.