Artículo 1.2.1.5.2.11. Remuneracíón de los cargos directivos y gerenciales en el Régimen Tributario Especial para los contribuyentes de que trata el artículo 19-4 del Estatuto Tributario.
Adicionado. Decreto 2150/2017, Art. 2. El presupuesto destinado a remunerar, retribuir o financiar cualquier erogación en dinero o en especie, por nómina, por contratación o comisión a las personas que ejercen cargos directivos y gerenciales de los contribuyentes del Régimen Tributario Especial de que tratan los artículos 19-4 del Estatuto Tributario y 1.2.1.5.2.1. de este Decreto, no podrá exceder del treinta por ciento (30%) del gasto total anual de la respectiva entidad.
Lo dispuesto en el presente artículo aplica para aquellos sujetos que tengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a tres mil quinientas (3.500) Unidades de Valor Tributario -UVT obtenidos a treinta y uno (31) de diciembre del respectivo año gravable