Artículo 1.2.1.22.24. Solicitud de certificación a Colciencias sobre nuevo software.

Última vez modificado: 30 de marzo de 2017

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Artículo 1.2.1.22.24. Solicitud de certificación a Colciencias sobre nuevo software.

Para efectos de la certificación que debe expedir Colciencias o la entidad que haga sus veces, el solicitante deberá presentar:

  1. El soporte lógico junto con sus manuales e instructivos.
  2. Certificación sobre existencia y representación legal de la empresa solicitante expedida por la Cámara de Comercio del domicilio.
  3. Copia del certificado expedido por la Oficina de Registro de la Dirección Nacional de Derechos de Autor del Ministerio del Interior.
  4. Certificación expedida por el representante legal y el revisor fiscal y/o contador público, según el caso, de la empresa interesada, en la cual se declare que el software fue elaborado en Colombia.
  5. Los documentos necesarios que acrediten un alto contenido de investigación científica y/o tecnología nacional en la producción del software correspondiente.

(Artículo 18, Decreto 2755 de 2003)

Nota: El numeral 8 del artículo 207-2 del Estatuto Tributario, que trata de investigación científica y/o tecnológica, quedó derogado a partir del 1 de Enero de 2018. Ley 1819/2016, Art. 376, Num. 2.

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